Biblioteca Central

Reglamento

Reglamento de la Biblioteca Central 

Alumnos:

Préstamo a domicilio:

  • Los alumnos regulares que sean SOCIOS de la biblioteca, podrán retirar hasta dos libros, juntos o separados, por el término de 15 días no renovables, cada ejemplar con su propia fecha de devolución, la que no podrá efectuarse hasta pasar como mínimo 24 hs del retiro.
     
  • En forma adicional, podrán retirar hasta 2 documentos multimedia, juntos o separados, sean éstos complementos de algún libro u obras independientes en formato audiovisual, por el mismo lapso, y bajo la misma reglamentación.
     
  • Podrán ASOCIARSE los alumnos regulares de esta Casa, de todas las Carreras y Cursos, presentando su libreta con datos completos (datos personales, firma, foto)

Préstamo en sala:

  • Todos los alumnos regulares de las distintas Carreras y Cursos de esta Facultad (sean o no socios de la biblioteca) , y demás alumnos de los colegios secundarios de la UBA; del Curso de ingreso de la UBA; terciarios y universitarios de otras casas de estudio, que en todos los casos acrediten tal condición, podrán hacer uso del préstamo en sala de hasta 2 documentos, que podrán ser ambos impresos; ambos multimedia, o uno de cada tipo.

 

Graduados:

Préstamo a domicilio:

  • Los Egresados de esta Casa, tanto de Medicina como de otras Carreras y Cursos que aquí se dicten, y los Graduados en Medicina de cualquier Casa de Estudio oficialmente reconocida [que en el futuro podrán ASOCIARSE en el marco legal de la misma resolución que los alumnos] , que en todos los casos acrediten fehacientemente tal condición y su domicilio actual, podrán retirar de Sala de Profesionales hasta 2 documentos elegidos entre aquellas obras de libre disponibilidad según la reglamentación interna vigente, por el término de 48 hs, en cualquier día de la semana.
     
  • Estos documentos podrán ser dos libros; un libro y un documento multimedia; (ya sea éste complementario del libro u otra obra independiente en formato audiovisual); o dos documentos multimedia.
     
  • En caso de atraso en su devolución, se aplicarán las mismas suspensiones y/o sanciones que se establecen para Alumnos.

 

Régimen Disciplinario:

La entrega de el/los documentos facilitados en préstamo con posterioridad al plazo de vencimiento estipulado, justificará las siguientes sanciones:

  • hasta 3 días de atraso: 15 días de suspensión
     
  • 7 días de atraso: 30 días de suspensión
     
  • 15 días de atraso: 90 días de suspensión

En caso de poseer más de un documento en préstamo, la sanción se activará al atrasarse la devolución del primero que venza.

Esta normativa constituye una adaptación de la redacción original de los artículos referidos a estos temas, modificados por la Dirección de la Biblioteca en uso de las facultades que le otorga el presente Reglamento, arts. 4 y 5, ad-referendum de lo que apruebe oportunamente el Consejo Directivo, con el objeto de adaptarlo a las nuevas modalidades de servicio no previstas en la antigua redacción.

Para el resto de los temas se mantiene el texto legalmente vigente, hasta tanto se produzca una revisión integral.