Carreras de Especialistas

Autoridades, Docentes y Personal Administrativo

Bienvenidos!

Desde la Secretaria de Educación Medica de la Facultad de Medicina creemos que se puede construir un espacio en donde docentes y alumnos forjen una comunidad de aprendizaje. En donde las diferencias enriquezcan el camino de la enseñanza y, la calidad educativa se nutra de la diversidad de estilos, prácticas y formas de pensar la enseñanza que cada docente aporta al conjunto, para generar una carrera sólida en conocimientos, en desarrollos teóricos y prácticos para el ejercicio profesional.

Reglamentos Generales de Carreras de Especialización:

  • Resolución (CS)nº 4030/15 - Reglamento de funcionamiento general de las Carreras

Descargables

Estimado Comité Académico y docentes, nos es grato informarles la apertura paulatina  de aulas virtuales para el desarrollo de contenidos teóricos y de integración teórico prácticos de las Carreras de Médico Especialista y Carreras de Especialización.

Este proyecto se desarrollará en el periodo 2020/2021, comenzará con un conjunto de cursos de formación para la utilización de aulas virtuales desde un enfoque técnico y pedagógico, se adjunta documento con las especificaciones de los mismos y también el formulario y formas de inscripción.

Es de obligatoriedad que cada comité académico tenga un representante formado en estos saberes que pueda oficiar de responsable del aula virtual, del mismo modo, cada centro formador debe tener uno o más integrantes del plantel docente capacitado.

Como anticipamos la apertura de aulas virtuales se realizará paulatinamente por carreras, es decir que cada comité académico designará al responsable del aula virtual, será comunicado a la Secretaría de Educación Médica mediante un mail (cme.aulav@fmed.uba.ar) con  la copia a todos los integrantes del comité. Una vez verificada toda la información se solicitará un pedido a través del mismo mail (cme.aulav@fmed.uba.ar) para la apertura del aula.

Esperamos que este nuevo espacio, sea de gran utilidad para alumnos y docentes, potenciando los intercambios, utilizando nuevas herramientas y fortaleciendo el saber.

Procedimiento para la solicitud de las aperturas de sedes y subsedes

Se denomina sede de una Carrera de Médico Especialista a la institución en la cual se centraliza la actividad académico-administrativa del posgrado. Podrán actuar como Sede del posgrado la Facultad de Medicina y sus dependencias, los Hospitales Universitarios y sus servicios reconocidos, y todos aquellos establecimientos asistenciales que posean infraestructura propia y funcionen como Hospitales Asociados o Instituciones Afiliadas de la Facultad.

Para solicitar la apertura de una nueva Sede se deberá presentar el aval de la máxima autoridad de la institución propuesta y se adjuntará la descripción detallada de las instalaciones y equipamientos necesarios (espacios físicos, laboratorios, equipamiento, aulas, multimedia etc.), para que los responsables de su aceptación tengan las herramientas para su evaluación y posterior aprobación.

Las subsedes serán instituciones que dependen académica y administrativamente de una sede, tendrán alumnos propios, en ellas se debe garantizar la realización de actividades prácticas. Las actividades de carácter teórico se podrán cumplimentar en la sede. Podrán actuar como subsede Hospitales Asociados o instituciones afiliadas. Deberán ser solicitadas por el Director de la Sede y adjuntar al pedido una descripción de las características del Servicio o Institución a ser designada como tal, así como la autorización por parte del Director del Hospital o Institución para el dictado. Para incorporar una Subsede, la Sede deberá realizar una nueva presentación. Cada subsede dependerá de una única sede.

Los planes de estudios de las carreras de especialización (donde figuran los requisitos de admisión, horas totales, plan de estudios, asignaturas, contenidos mínimos, etc.) se encuentran en: http://www.uba.ar/posgrados/detalle_resoluciones.php?id=11  IMPORTANTE CONSULTAR ANTES DE INICIAR TRAMITE

IMPORTANTE: para iniciar el trámite de apertura de sede o subsede, los interesados deberán solicitar audiencia preliminar con el Secretario de Educación Médica, Dr. Matias Rojo, en secretariadeeducacionmedica@gmail.com  Una vez realizada la audiencia, el personal administrativo del área suministrará los formularios del trámite, según corresponda.

SUPERVISOR DEL ÁREA: Sr. Gustavo Caso
Jefe de Departamento (Int.) : Dra. Lorena M. Mirabile
sedes.posgrado@fmed.uba.ar

 

Procedimiento para la presentación de vacantes 2023

El número de vacantes guardará relación con la capacidad de la oferta educativa de la/s sede/s y subsede/s (infraestructura, número de camas, movimiento de consultorio, número de cirugías, etc.) así también como la cantidad de docentes. Cada sede comunicará anualmente, con una antelación mínima de SEIS (6) meses antes del comienzo del ciclo lectivo la cantidad de vacantes que ofrecerá y la distribución si es que existieran Subsedes. En tanto existan residentes, concurrentes o becarios que puedan ingresar en forma automática, la Sede deberá presentar actividad; en caso contrario el Director deberá comunicar la situación planteada. En el momento de la apertura, la Sede determinará la periodicidad con la que presentará sus vacantes: este periodo no podrá ser superior a la duración de la Carrera.

Estimados
DIRECTORES DE LAS CARRERAS DE ESPECIALIZACIÓN

 

Tenemos el agrado de ponernos en contacto con ustedes a los efectos de hacerles llegar información sobre cómo se presentarán las vacantes para el ciclo lectivo 2023.

 

En tal sentido, se comunican las instrucciones:

 

1. se enviara un mail a vacantes.posgrado@fmed.uba.ar con la siguiente información EN EL CUERPO DEL MAIL (no se aceptarán formularios adjuntos. Los formularios serán desestimados)

 

CARRERA DE MÉDICO ESPECIALISTA / especialización EN:
SEDE:

DIRECTOR:

 

SELECCIONADOS ARGENTINOS:

SELECCIONADOS EXTRANJEROS:

RESIDENTES:

CONCURRENTES PROGRAMÁTICOS:

BECARIOS ADSCRIPTOS:

 

Ejemplo:

CARRERA DE MÉDICO ESPECIALISTA EN CIRUGIA CARDIOVASCULAR
SEDE: HTAL. DE CLINICAS

DIRECTOR: DR. CARLOS C. SARMIENTO

 

SELECCIONADOS ARGENTINOS: 5

SELECCIONADOS EXTRANJEROS: 6

RESIDENTES: 3

CONCURRENTES PROGRAMÁTICOS: 3

BECARIOS ADSCRIPTOS: 0

 

2.  debe completarse por sede. Esto significa que la sede que contenga subsedes hará una sola presentación por mail conteniendo las vacantes propias y de las subsedes.

3. Las carreras de ANESTESIOLOGÍA, CIRUGIA GENERAL, CIRUGIA PEDIÁTRICA, DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES, HEMATOLOGIA, MEDICINA FAMILIAR, MEDICINA INTERNA, ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGIA, PEDIATRIA, PATOLOGIA, RADIOTERAPIA y TOCOGINECOLOGÍA no presentan vacantes de la categoría “Seleccionados” pues sólo prevén ingresodirecto.
 

4.  quienes no oferten vacantes para el ciclo lectivo 2023 deberán enviar el mail del siguiente modo:

CARRERA DE MÉDICO ESPECIALISTA EN CIRUGIA CARDIOVASCULAR:
SEDE: HTAL. DE CLINICAS

DIRECTOR: DR. CARLOS C. SARMIENTO

 

SELECCIONADOS ARGENTINOS: 0

SELECCIONADOS EXTRANJEROS: 0

RESIDENTES: 0

CONCURRENTES PROGRAMÁTICOS: 0

BECARIOS ADSCRIPTOS: 0

 

PD: Recuerden la lectura de la Res. CS N° 4030/15, a saber:

 

“Articulo 19º: La admisión es el acto por el cual la Facultad le otorga al aspirante el derecho de matricularse en un programa. Se establecen dos formas de admisión de acuerdo con las características propias de cada Carrera, pudiendo coexistir ambas modalidades:

  • En forma directa con vacante automática: forma contemplada para aquellas Carreras que se dictan integradas a un sistema de formación en servicio con responsabilidad creciente (Residencia. Concurrencia asimilada al régimen de residencia o Concurrencia Programática, Beca de formación adscripta a la residencia o concurrencia). Podrán ser admitidos los postulantes que hayan ingresado a través del mecanismo de concurso establecido por la autoridad responsable del sistema de formación (examen, entrevista) a una institución que funcione como Sede o Subsede de la Carrera.

El Director de la Sede será el responsable de comunicar a la Dirección de Carreras de Especialista de FMED UBA antes del 30/9 de cada ciclo lectivo el listado de ingresantes, adjuntando la documentación correspondiente. Sin este requisito no podrá formalizarse la admisión.

Una vez cumplido el plazo no se formalizarán admisiones retroactivas. En ningún caso se podrá finalizar la Carrera con anterioridad al sistema de formación en servicio elegido. Las instituciones que posean Beca de formación adscripta a la Residencia deberán además elevar el acta, el orden de mérito y los criterios por los cuales fueron seleccionados los becarios

  • A través de la selección: sobre la base de entrevista y antecedentes curriculares, realizado por el Comité Académico de cada Carrera según los requisitos establecidos. El Comité establecerá un orden de méritos mediante el cual distribuirá los aspirantes en las distintas Sedes según las preferencias de los candidatos hasta cubrir las vacantes. Al momento de admisión el alumno pasara a denominarse Carrerista Universitario. Tendrán prioridad los antecedentes universitarios dentro del Curriculum vitae del postulante.

 

Vacantes

 

Artículo 23º: El número de vacantes guardará relación con la capacidad de la oferta educativa de la sede y subsede/s (infraestructura,  número de camas, movimiento de consultorio, número de cirugías, etc.) así también como la cantidad de docentes.

Cada sede comunicará  anualmente, con una antelación mínima de SEIS (6) meses antes del comienzo del ciclo lectivo la cantidad de vacantes que ofrecerá y la distribución si es que existieran Subsedes. En tanto existan residentes, concurrentes o becarios que puedan ingresar en forma automática, la Sede deberá presentar actividad; en caso contrario el Director deberá comunicar la situación planteada. En el momento de la apertura, la Sede determinará la periodicidad con la que presentará sus vacantes: este periodo no podrá ser superior a la duración de la Carrera.”

 

Dirección General de Posgrado- Equipo Vacantes.
vacantes.posgrado@fmed.uba.ar

Procedimiento para la Designación y renovación de cargos de Autoridades (Comité Académico, Coordinador del Comité Académico, Director, Subdirector y Director Asociado, Plantel Docente)

  1. Comité Académico, Coordinador del Comité Académico

El Comité Académico de cada Carrera será designado por el Consejo Directivo. Tendrá una duración de DOS (2) años. Deberá reunirse como mínimo en forma semestral con concurrencia de autoridades de la Secretaria de Educación Médica; estará integrado por: dos Profesores, dos docentes de la especialidad o dos especialistas universitarios reconocidos en la materia y los Directores de las sedes del dictado del posgrado. Los profesores y docentes o especialistas integrantes del Comité Académico serán propuestos en forma no vinculante por la mayoría simple de los Directores de Carrera.  El Comité Académico de la Carrera propondrá como Coordinador a un miembro del Comité quien deberá ser aprobado por el Consejo Directivo. El Coordinador deberá ser un Profesor de la especialidad o un especialista reconocido. Durará en el cargo dos años, pudiendo ser nuevamente designado en forma consecutiva en una sola oportunidad. En caso de no existir un Profesor de la especialidad o especialista reconocido, se elegirá a un Director de la Carrera. La misión y funciones de las autoridades de las carreras se encuentra en http://www.uba.ar/posgrados/detalle_resoluciones.php?id=11

IMPORTANTE: para iniciar el trámite de propuesta de designación de Comité Académico y Coordinador o renovación de cargos se deberá solicitar los formularios y notas de presentación en el área respectiva.
 

  1. Director, Subdirector y Director Asociado

Podrán actuar como Directores: Profesores Regulares de esta Facultad: titulares, asociados y adjuntos; profesores eméritos y consultos; Docentes autorizados, asociados o adscriptos en la disciplina objeto, especialistas reconocidos, especialistas universitarios en el área o jefes de Servicio por concurso; estos tres últimos deberán ser designados por el Consejo Directivo, docentes libres a tal efecto. La designación del Director será realizada por el Consejo Directivo y tendrá una duración de CINCO (5) años a partir de los cuales deberá solicitar nuevamente su designación. En el caso de cesar como profesor regular permanecerá en su cargo sólo si es nombrado como Profesor Emérito o Consulto, o en su defecto deberá ser designado Docente libre. En el caso de las Carreras clasificadas como asistenciales, sólo podrán actuar como Directores los profesionales que desarrollen sus tareas en la institución Sede. Asimismo, todos los candidatos a Director que no sean Jefes de Servicio deberán presentar el aval del jefe de Servicio y de la Dirección del hospital. En este sentido, el Director que cesara en sus funciones profesionales en dicha institución y más allá, de deber cumplimentar —para su permanencia- su nombramiento como Profesor Emérito o Consulto o ser designado Docente Libre, deberá contar también con el aval del Jefe de Servicio y de la Dirección del establecimiento donde se desarrolle el posgrado por él dirigido.

Cada Sede deberá contar con un Subdirector, quien será en caso de ausencia o renuncia del Director, el responsable de la Sede hasta el regreso o reemplazo del Director. Su nombramiento será realizado por el Consejo Directivo a propuesta del Director de la Carrera, adjuntando sus antecedentes. Podrán actuar como Subdirectores los mismos profesionales que pueden ser designados Directores. En caso de no ser docente de la Facultad de Medicina deberán solicitar su designación como docente libre al Consejo Directivo de la Facultad. El cargo de Subdirector tendrá una duración de DOS (2) años, renovable luego de trascurrido el periodo.

Las subsedes estarán a cargo de los Directores Asociados propuestos por el Director de la Sede a las que pertenecen. Los Directores Asociados deberán reunir idénticas características que el Director de Sede y podrán renovar sus designaciones en las mismas condiciones que se enumeran en el artículo 9 del presente reglamento. El Director asociado tendrá bajo su directa responsabilidad la formación académica y práctica de los alumnos en dicha Subsede. La designación le corresponde al Consejo Directivo. Tendrá una duración de DOS (2) años, luego de los cuales deberá renovar su designación. La misión y funciones de las autoridades de las carreras se encuentra en http://www.uba.ar/posgrados/detalle_resoluciones.php?id=11

IMPORTANTE: para iniciar el trámite de propuesta de designación y/o renovación de cargos de Directores, Subdirectores o Directores Asociados, se deberá solicitar los formularios y notas de presentación en el área respectiva.

 

  1. Plantel Docente

Los auxiliares docentes podrán revestir carácter regular y/o transitorio o interino, ésta última categoría quedará reservada exclusivamente para los colaboradores extranjeros e invitados, salvo lo dispuesto en el artículo 17 y concordantes del Reglamento para la provisión de cargos de Auxiliares Docentes en la Facultad de Medicina aprobada mediante Resolución (CD) Nros. 447/05 y modificatoria 720/06. Las designaciones transitorias o interinas en el caso de colaboradores extranjeros e invitados, serán a propuesta del Director y por un término máximo de 6 meses, debiendo ser aprobadas por el Consejo Directivo. La designación de los auxiliares docentes de carácter regular se hará por llamado a concurso de acuerdo con las reglamentaciones vigentes. La relación entre los auxiliares docentes y la cantidad de alumnos será de UN (1) jefe de trabajos prácticos y TRES (3) ayudantes de primera cada DIEZ (10) alumnos o fracción. Podrán existir, además, colaboradores docentes designados en forma directa por los Directores de Carrera. Para solicitar estas designaciones deberá enviar un mail a designaciones.posgrado@fmed.uba.ar consignando los nombres.

IMPORTANTE: para iniciar el trámite de propuesta de auxiliares docentes, se deberá solicitar la nota de presentación en el área respectiva, Dirección de Concursos 5285 2956 al 59    concursos@fmed.uba.ar 

SUBRESPONSABLE DEL ÁREA: Sra. Lorena Gonzalez 
Jefe de Departamento (Int.) : Dra. Lorena M. Mirabile
designaciones.posgrado@fmed.uba.ar

Procedimiento para la creación de carreras y actualización de planes de estudio

Las Carreras de Especialización constituyen un ciclo superior en la enseñanza caracterizado por programas de formación y capacitación teórica y práctica que permiten adquirir las competencias y habilidades características. Se orientan hacia la especialización ocupacional, la actualización del conocimiento, y la investigación. Se clasifican en asistenciales y no asistenciales.  Las carreras de médico especialista que dicta la Facultad de Medicina se crearán con aprobación del Consejo Directivo de la Facultad y el Consejo Superior UBA. Se podrán dictar en la Facultad de Medicina UBA, en sedes destinadas a tal fin (hospitales asociados a la Facultad de Medicina UBA e instituciones afiliadas) y en las subsedes que correspondan. Por lo tanto una misma carrera podrá ser dictada en más de una sede y sus respectivas subsedes.

Los proyectos de creación de Carreras de Especialización o la apertura de nuevas sedes de una Carrera ya aprobada podrán originarse en los Departamentos correspondientes de la Facultad, el Decanato, en el Consejo Directivo, Instituciones asistenciales y/o docentes interesados en la educación científica, o profesionales de reconocida competencia en la materia. A tal efecto se podrá solicitar el asesoramiento del Departamento respectivo, de organizaciones o entidades vinculadas con la Universidad de Buenos Aires u otra casa de altos estudios, de profesores y/o especialistas reconocidos. Entre otros aspectos se analizarán los siguientes: razones que determinan la necesidad de creación de la Carrera, relevancia, demanda disciplinar, social y laboral, antecedentes en otras de altos estudios, de profesores y/o especialistas reconocidos. Entre otros aspectos se analizarán los siguientes: razones que determinan la necesidad de creación de la Carrera, relevancia, demanda disciplinar, social y laboral, antecedentes en otras Instituciones, características del plan de estudios, planta física y equipamiento necesario.

IMPORTANTE: para iniciar el trámite de creación de carreras y/o actualización de planes de estudios, los interesados deberán solicitar información en el área respectiva.

SUPERVISOR DEL ÁREA: Lic. Leonardo Vuono
Jefe de Departamento (Int.) : Dra. Lorena M. Mirabile
actualizaciones.posgrado@fmed.uba.ar
creacion.posgrado@fmed.uba.ar

 

Ingreso por selección:

Sobre la base de entrevista y antecedentes curriculares, realizado por el Comité Académico de cada Carrera según los requisitos establecidos. El Comité establecerá un orden de méritos mediante el
cual distribuirá los aspirantes en las distintas Sedes según las preferencias de
los candidatos hasta cubrir las vacantes. Al momento de admisión el alumno
pasara a denominarse Carrerista Universitario. Tendrán prioridad los
antecedentes universitarios dentro del Curriculum vitae del postulante.

  • Los Directores de Sedes de Carrera de Especialista deberán informar al Departamento de Inscripciones, el dia y la hora de las entrevistas, para que puedan ser publicadas en el website, tener en cuenta que el cronograma se actualizará en forma periódica a partir de la última semana del mes anterior en que se realicen las mismas, del corriente año.
  • En el caso de que las entrevistas se relicen en forma virtual, los Directores de Sedes deberan contactar a los aspirantes para enviarles el link de acceso para la entrevista, siendo el Departamento de Inscripciones el responsable de informar mediante una planilla los datos de los aspirantes. Tener en cuenta que los datos deben solicitarlos con antelacion a la entrevista en un tiempo prudencial para que el personal tenga tiempo de confeccionar la planilla, y el Acta de seleccion.
  • En caso de que luego de realizadas las entrevistas, se quisiera agregar alumnos en forma de seleccionados deberan presentar un acta de seleccion complementaria.

  IMPORTANTE:

  • Será responsabilidad de los alumnos y de los Directores de las sedes respectivas, dar estricto cumplimiento a las disposiciones arancelarias. 
     
  • Los alumnos no podrán ser habilitados a rendir los exámenes de cada módulo, asignatura o de la actividad que correspondiere (no se aceptarán las actas correspondientes) ni podrán ingresar al ciclo lectivo siguiente sin haber hecho efectivo el pago de las cuotas correspondientes al período

Atención Directores y Secretarias/os:

  • A partir del 2022  la presentación de la nómina de ingresantes se realizara a través del Sistema de Gestión de Posgrado, la misma deberá ser emitida por la SEDE y debe estar firmada por el/la DIRECTOR/A de la Carrera.-

INGRESO AUTOMATICO:

Presentación:

  • Los Directores de Sedes de Carrera de Especialista deberán confeccionar la nómina respectiva de los profesionales que ingresen con vacante automática (por haber adjudicado una vacante de formación médica - residentes, concurrentes programáticos o becarios adscriptos al régimen de residencias de las instituciones sedes o subsedes de las Carreras de Médico Especialista).
     
  • IMPORTANTE: En caso de que existan re-adjudicaciones (residencias, concurrencias programáticas, etc.), el Director de la sede respectiva deberá confeccionar una lista complementaria a la primera. 

    Esta segunda nómina de aspirantes de ingreso con vacante automática correrá la misma suerte y procedimiento posterior que la primera de ellos.

Modo de Presentación:

La nómina deberá contener:

  1. Nombre y apellido completo del alumno (tal cual figura en el DNI);
     
  2. Número de DNI de cada aspirante;
     
  3. Categoría a la que pertenece (residentes, concurrentes programáticos y/o becarios);
     
  4. Sede a la cual ingresarán y en caso de pertinencia, deberá indicarse además la subsede;
     
  5. Ciclo lectivo al cual pertenece la inscripción.

    Deberá estar firmada por el Director de la Carrera, aún cuando la inscripción sea en una subsede. 

    Importante, si no se puede descargar los archivos, intente ingresando con otro navegador.

     

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