Conformación y Funciones del Consejo Directivo:
El Consejo Directivo esta integrado por cuatro Claustros:
- Claustro de Profesores (ocho representantes )
- Claustro de Graduados (cuatro representantes)
- Claustro de Estudiantes (cuatro representantes)
- Claustro No Docentes (un representante)
Los representantes del Claustro de Profesores duran cuatro (4) años en sus funciones (2014 / 2018).
La representación actual se integra con seis (6) Consejeros correspondientes a la mayoría y dos (2) Consejeros por la minoría.
Los representantes del Claustro de Graduados duran dos (2) años en sus funciones (2014 / 2016).
La representación actual se integra con cuatro Consejeros, siendo la mayoría absoluta.
Los representantes del Claustro de Estudiantes duran dos (2) años en sus funciones (2014 / 2016).
La representación actual se integra con tres (3) Consejeros correspondientes a la mayoría y un (1) Consejero por la minoría.
En todos los casos se hace por voto directo.
El representante del Claustro No Docente esta incorporado como participante del mismo, con voz y sin voto.
Funciones del Consejo Directivo:
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Elegir Decano y Vicedecano.
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Dictar reglamentos necesarios para su régimen interno.
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Separar al Decano, al Vicedecano y a los Consejeros por causas notorias de inconducta o incumplimiento de sus deberes como tales.
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Llamar a elecciones para renovación del Consejo.
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Proponer a Consejo Superior la separación de docentes o decidirlo por sí mismo según sea el origen.
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Suspender -por el voto de dos tercios de sus componentes- al Decano, al Vicedecano o a los Consejeros por delito que merezca pena privativa de la libertad.
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Proyectar reglamentación y expedirse sobre pedido de reválida de diplomas profesionales otorgadas por otras universidades extranjeras.
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Determinar épocas, el número, orden y forma de las pruebas de promoción.
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Dictar disposiciones según las cuales deberan efectuarse los concursos para designación de docentes
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Determinar el número de secretarios y reglamentar sus funciones
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Dictar las normas relativas a las atribuciones y deberes de docentes, alumnos y empleados.
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Decidir cuestiones contenciosas referentes al orden de los estudios, condiciones de ingreso, exámenes y cumplimiento de deberes de los profesores.
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Dictar normas a que deberá ajustarse la integración de las comisiones examinadoras.
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Velar por la aplicación del Estatuto Universitario que rige en la Universidad de Buenos Aires.
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Apercibir o suspender a profesores que no cumplan con sus deberes.
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Conceder licencia a sus miembros.
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Proyectar los planes de estudio y reglamentar la docencia libre.
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Determinar las épocas en número de orden y forma de las prueba de formación.
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Reglamentar expedición de certificados de los cuales se otorgan los diplomas universitarios.
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Aprobar programas de enseñanza proyectados por profesores.
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Proponer condiciones de admisibilidad en sus aulas.
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Designar secretarios, bibliotecarios, contador y tesorero y separarlos por el voto de sus miembros.
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Conceder licencias a integrantes del cuerpo docente que no puedan ser otorgadas por el Decano.
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Ejercer jurisdicción policial y disciplinaria dentro del ámbito de la Facultad.
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Prestar aprobación a designación de docentes interinos.
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Considerar el informe anual presentado por el Decano, sobre la labor realizada, el estado de la enseñanza, las necesidades de la institución, la asistencia de profesores y rendición de exámenes.