Licenciatura en Nutrición

RESOLUCIONES COVID - 19

https://drive.google.com/file/d/1JBv2tYgrQeHu33z_COpXhC7kInUmeKtJ/view?usp=sharing

https://drive.google.com/file/d/11MP0DXThkdlWYBWyCzIFOeH3LgQacexu/view?usp=sharing

 

REGLAMENTACIÓN DE EXÁMENES (Resolución N° 1453/2016)

Dejar establecido que se permitirá rendir en la 1° fecha de recuperatorio, como examen parcial, a todo aquel estudiante que presente certificado de examen rendido de otra materia (final o parcial), dentro del período de 3 días anteriores o posteriores.

Pasos a seguir:

- Avisar al Docente de la asignatura que va a presentar el certificado de examen para poder rendir en 1° fecha de recuperatorio el parcial.
- En la fecha del recuperatorio presentar el certificado de examen.

Se aclara que en el caso de que el alumno repruebe el parcial, tomado en 1° fecha de recuperatorio, podrá rendir el recuperatorio del mismo en la 2° fecha.